INTRODUCCIÓN DEL INFORME
En su resolución 49/3, el Consejo de Derechos Humanos estableció el Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua (en adelante “el Grupo” o “el GHREN”, por sus siglas en inglés) por un periodo de un año, para que investigara todas las presuntas violaciones y abusos de los derechos humanos cometidos en Nicaragua desde abril de 2018, a fin de contribuir a la rendición de cuentas y a el acceso a la justicia para las víctimas.
El Consejo solicitó al Grupo que le presentara un informe escrito en su 52° período de sesiones. El GHREN elaboró el presente informe y un informe ampliado, publicado como documento de sesión, en el que se desarrollan de manera más detallada la investigación de los hechos, el análisis y las conclusiones.
Asimismo, el Consejo exhortó al Gobierno de Nicaragua a cooperar plenamente con el GHREN, permitiéndole el acceso al país, incluyendo a los centros de detención, y proporcionándole la información necesaria para desempeñar su mandato.
Entre junio y diciembre de 2022, el GHREN envió 11 cartas a las autoridades nicaragüenses. Sin embargo, no recibió respuesta alguna. Por su parte, el Gobierno de Nicaragua envió una comunicación al Presidente del Consejo de Derechos Humanos en mayo de 2022, con copia al Secretario General de las Naciones Unidas, rechazando y desconociendo el mandato del GHREN. El GHREN lamenta la falta de cooperación del Gobierno de Nicaragua y, en especial, la falta de acceso al país.
El 22 de febrero de 2023, el GHREN compartió un borrador de este informe con el Gobierno de Nicaragua.
Metodología y marco jurídico
De conformidad con la resolución 49/3, el GHREN adoptó una perspectiva de género para recopilar y analizar la información, y examinó el impacto de las violaciones y abusos en grupos poblacionales específicos. El Grupo siguió una metodología de trabajo centrada en las víctimas, bajo los principios de “no ocasionar daño” y priorización del “mejor interés” de la víctima.
El GHREN utilizó los siguientes métodos para recabar información: entrevistas confidenciales con víctimas, familiares, testigos, exfuncionarias y exfuncionarios, y otras personas con conocimiento directo del funcionamiento del Estado; intercambios con organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos; recuperación y análisis de información digital verificada (videos, imágenes satelitales, fotografías e información de redes sociales); examen de expedientes judiciales; y análisis de declaraciones públicas de representantes del Gobierno y de documentos oficiales.
El GHREN investigó 142 casos individuales, y examinó fuentes secundarias para corroborar y contextualizar la información recabada, incluyendo más de 160 documentos confidenciales recibidos y las bases de datos compartidas por organismos internacionales y organizaciones de derechos humanos. El GHREN evaluó dichas fuentes rigurosamente para establecer su fiabilidad.
Dada la complejidad de los hechos, las limitaciones de tiempo y la falta de acceso al país, el GHREN no pudo abordar todos los hechos y presuntas violaciones y abusos a los derechos humanos reportados. En particular, el GHREN considera importante profundizar en la investigación de las violaciones y abusos cometidos contra pueblos indígenas y personas campesinas, y en aspectos relacionados con la corrupción e instrumentalización del aparato del Estado, incluyendo la confiscación de bienes.
En consonancia con la práctica general de otros órganos de investigación establecidos por el Consejo de Derechos Humanos, el GHREN aplicó el estándar de prueba de “motivos razonables para creer”. Si bien es cierto que este umbral es inferior al que se requiere para determinar la responsabilidad en un procedimiento penal, es suficiente para justificar la realización de ulteriores investigaciones.
El GHREN evaluó los hechos a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Consuetudinario en materia Penal (con base, principalmente, en los Estatutos y jurisprudencia de los Tribunales Penales Internacionales). El GHREN también consideró las garantías de derechos humanos en el derecho interno y otros aspectos pertinentes de la legislación nicaragüense.
Factores legales e institucionales que contribuyen a la comisión de violaciones y abusos
Las violaciones y abusos a los derechos humanos que perpetradas desde abril de 2018 no son un fenómeno aislado, sino el producto de un proceso dinámico de desmantelamiento de la separación de poderes y de las garantías democráticas; de una fuerte concentración del poder en las figuras del Presidente y la Vicepresidenta de la República; y de la confusión entre el Estado y sus instituciones, y el partido de Gobierno. Dichos factores permitieron a las altas autoridades del Gobierno instrumentalizar a los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral, para desarrollar e implementar un marco jurídico diseñado para reprimir el ejercicio de las libertades fundamentales y perseguir a las personas opositoras, reales o percibidas.
Asimismo, existieron precedentes importantes de violaciones y abusos a los derechos humanos anteriores a 2018, incluyendo ejecuciones extrajudiciales, uso excesivo de la fuerza, ataques a personas defensoras de derechos humanos, agresiones a manifestantes por grupos pro-gobierno, y detenciones arbitrarias. La impunidad prevalente frente a estas vulneraciones permitió y facilitó la escalada de la violencia y de la persecución en contra de las personas opositoras o percibidas como tales.
La versión ampliada de este informe desarrolla estos factores, e identifica áreas en las que se requieren investigaciones adicionales para abordar de manera integral las causas estructurales profundas de las violaciones y abusos.